Artículo 41: recursos para condominios de viviendas sociales

recursos para condominios de viviendas sociales

Los recursos para condominios de viviendas sociales emplazados en sus territorios pueden venir de los Gobiernos Regionales; las Municipalidades y hasta de los Servicios de Vivienda y Urbanización. ¿Qué se puede pagar con los recursos? Sin embargo, los recursos para condominios de viviendas sociales solo pueden ser destinados a los siguientes objetos: Mejorar la calidad […]

Artículo 40: ¿Qué son las viviendas sociales o viviendas económicas?

viviendas sociales

A efectos de la Ley 19.537, las viviendas sociales o viviendas económicas de carácter definitivo son aquellas unidades que vienen a resolver los problemas de marginalidad habitacional. Estas unidades no podrán tener un valor de tasación que supere el 30% de lo señalado en la Ley 2552 del año 1979. Para que una unidad o […]

Artículo 39: Sobre los condominios de viviendas sociales

condominios de viviendas sociales

Los condominios de viviendas sociales tienen su apartado especial en la Ley 19,537 y es el título IV. Se entiende que las viviendas sociales se regirán por las disposiciones especiales contenidas en este título; así como todo lo que no esté previsto en este apartado se regirá por la normativa general contemplada en la ley […]

Artículo 37: Demolición de un condominio

demolición de un condominios

El ente encargado para decretar la demolición de un condominio es la municipalidad. Si la municipalidad lo ordenase, la asamblea deberá convocar una asamblea extraordinaria, donde se acordará cómo se realizará el procedimiento. Todo el procedimiento se realizará siguiendo la legislación vigente y las leyes referentes a urbanismo y condominios.

Artículo 35: responsabilidad de la municipalidad en conflictos

responsabilidad de la municipalidad en conflictos

La responsabilidad de la municipalidad en conflictos entre copropietarios podrá ser solo extrajudicialmente. Aplica también para conflictos entre copropietarios y administrador. Ante estos casos la municipalidad solo estará facultada para convocar reuniones entre las partes en conflicto.  En esta reunión las partes en conflicto expondrán sus problemas y se propondrán soluciones, siempre y cuando se […]

Artículo 31: Copropietarios afectados por cambios en el reglamento de copropiedad

copropietarios afectados por cambios en el reglamento

Al producirse una modificación en el reglamento interno, pueden existir copropietarios afectados por cambios en el reglamento de copropiedad. Podrían ser copropietarios de vieja data que tomen así un cambio en el reglamento o uno nuevo que se sienta afectado luego de revisar el reglamento. Para ello, el artículo 31 indica qué deben hacer los […]

Artículo 30: Modificación del Reglamento de Copropiedad

modificación reglamento de copropiedad

La modificación del reglamento de copropiedad que se realiza luego de haber establecido el primero, se realizará una vez que se haya enajenado el 75% de las unidades del condominio. Es decir, la modificación siguiente al primer reglamento de copropiedad se realizará cuando ya se haya arrendado o vendido tres cuartos de la totalidad de […]

Artículos 29: Primer Reglamento de Copropiedad

merito ecjecutivo cobro gastos comunes

Una vez que se cumplan los estatutos que señala el artículo 10 para la conformación del Primer Reglamento de Copropiedad pasamos al artículo 29. En esta entrada se señala qué podrá contener este primer reglamento. Comencemos por señalar que el primer reglamento de copropiedad lo dicta el propietario del condominio, independientemente, que este sea persona […]

Artículo 28: ¿Qué debe regular el reglamento interno?

qué debe regular el reglamento interno

El reglamento interno debe establecerse con la urgencia requerida por ser una normativa que regula todo aquello que la Ley sobre copropiedad no menciona. Sin embargo, la Ley 19537 sí indica algunas obligaciones que nos lleva a preguntarnos qué debe regular el reglamento interno. Los copropietarios deben ponerse de acuerdo sobre estos objetos: Derechos y […]

Artículo 27: Mérito ejecutivo en el cobro de gastos comunes

merito ejecutivo en el cobro de los gastos comunes

El artículo 27 de la Ley 19537 establece que la copia del acta donde se asienten las decisiones de la asamblea sobre los gastos comunes tendrá mérito ejecutivo. De allí que se mencione que exista un mérito ejecutivo en el cobro de gastos comunes. Esta acta debe estar autorizada por el Comité de Administración o […]

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