Artículo 44: Protocolización del reglamento de copropiedad
Una vez escrito el Reglamento de Copropiedad de viviendas sociales, se procederá a establecer las actas. Y estos, junto a la nómina de los miembros del Comité de administración, así como el nombramiento del administrador y sus respectivas direcciones debe pasar por un proceso de protocolización del reglamento de copropiedad. ¿Cómo se realiza la protocolización […]
Artículo 43: Reglamento de Copropiedad en Viviendas Sociales
Si bien los estatutos para establecer el reglamento de copropiedad quedaron asentados en el artículo 30 de la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria; es necesario aclarar que las viviendas sociales sí pueden corresponder con uno. Mediante una resolución del Ministerio de Vivienda y Urbanismo se podrá aprobar unas leyes que funcionarán como un Reglamento de Copropiedad […]
Artículo 42: sobre el administrador asignado de viviendas sociales
En los condominios de viviendas sociales que carezcan de administrador; los Gobiernos Regionales, las Municipalidades y los Servicios de Vivienda y Urbanización podrán enviar un administrador asignado de viviendas sociales. Esta persona actuará provisionalmente como administrador con las mismas obligaciones y funciones, mientras se designa a alguien. Requisitos del administrador designado Mayor de edad Con […]
Artículo 41: recursos para condominios de viviendas sociales
Los recursos para condominios de viviendas sociales emplazados en sus territorios pueden venir de los Gobiernos Regionales; las Municipalidades y hasta de los Servicios de Vivienda y Urbanización. ¿Qué se puede pagar con los recursos? Sin embargo, los recursos para condominios de viviendas sociales solo pueden ser destinados a los siguientes objetos: Mejorar la calidad […]
Artículo 40: ¿Qué son las viviendas sociales o viviendas económicas?
A efectos de la Ley 19.537, las viviendas sociales o viviendas económicas de carácter definitivo son aquellas unidades que vienen a resolver los problemas de marginalidad habitacional. Estas unidades no podrán tener un valor de tasación que supere el 30% de lo señalado en la Ley 2552 del año 1979. Para que una unidad o […]
Artículo 39: Sobre los condominios de viviendas sociales
Los condominios de viviendas sociales tienen su apartado especial en la Ley 19,537 y es el título IV. Se entiende que las viviendas sociales se regirán por las disposiciones especiales contenidas en este título; así como todo lo que no esté previsto en este apartado se regirá por la normativa general contemplada en la ley […]
Artículo 38: Declaración de acogimiento de un condominio al régimen de copropiedad inmobiliaria
Puede ocurrir que el Director de Obras Municipales tome la resolución de declarar acogimiento de un condominio al régimen de copropiedad inmobiliaria y esta decisión será irrevocable; será una medida unilateral que tomará esa autoridad. Ante esta medida, la asamblea podrá solicitar la modificación o dejar sin efecto la medida ante el Director de Obras […]
Artículo 37: Demolición de un condominio
El ente encargado para decretar la demolición de un condominio es la municipalidad. Si la municipalidad lo ordenase, la asamblea deberá convocar una asamblea extraordinaria, donde se acordará cómo se realizará el procedimiento. Todo el procedimiento se realizará siguiendo la legislación vigente y las leyes referentes a urbanismo y condominios.
Artículo 36: sobre el seguro y planes de emergencia en condominios
El seguro y planes de emergencia en condominios están contemplados en la Ley sobre Copropiedad; y, salvo que el reglamento de copropietarios establezca lo contrario, todas las unidades deben estar aseguradas. Los seguros que se contratan son aquellos que responden a los incendios y los que abarcan a los bienes comunes en la proporción que […]
Artículo 35: responsabilidad de la municipalidad en conflictos
La responsabilidad de la municipalidad en conflictos entre copropietarios podrá ser solo extrajudicialmente. Aplica también para conflictos entre copropietarios y administrador. Ante estos casos la municipalidad solo estará facultada para convocar reuniones entre las partes en conflicto. En esta reunión las partes en conflicto expondrán sus problemas y se propondrán soluciones, siempre y cuando se […]