Artículo 35: responsabilidad de la municipalidad en conflictos

responsabilidad de la municipalidad en conflictos

La responsabilidad de la municipalidad en conflictos entre copropietarios podrá ser solo extrajudicialmente. Aplica también para conflictos entre copropietarios y administrador. Ante estos casos la municipalidad solo estará facultada para convocar reuniones entre las partes en conflicto.  En esta reunión las partes en conflicto expondrán sus problemas y se propondrán soluciones, siempre y cuando se […]

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