Artículo 27: Mérito ejecutivo en el cobro de gastos comunes

merito ejecutivo en el cobro de los gastos comunes

El artículo 27 de la Ley 19537 establece que la copia del acta donde se asienten las decisiones de la asamblea sobre los gastos comunes tendrá mérito ejecutivo. De allí que se mencione que exista un mérito ejecutivo en el cobro de gastos comunes. Esta acta debe estar autorizada por el Comité de Administración o […]

Abrir chat
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?